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Es recomendable utilizarla cuando los exportadores tienen contratos de compraventa internacional en grandes volúmenes, como es, particularmente, el comercio de los comodities. Por ejemplo, el caso de un exportador de harina de pescado que tiene que exportar 500000 Tm en un período de diez embarques mensuales a razón de 50000 Tm casa vez. Dicho contrato supone que no hay arrendamiento de navío y que tanto la gestión náutica cuanto la comercial quedan a cargo del armador, quien emite el conocimiento de embarque. El negocio se refiere, por lo general, a una parte del navío por varios viajes específicamente determinados, siendo que el precio o flete se calcula sobre el peso o el volumen de la mercadería.
Como se ve, es un contrato en el cual el exportador no tiene ninguna presencia, ya que se concluye entre un armador y un transportador o embarcador, quienes pueden ignorar al exportador.
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