viernes, 24 de abril de 2020

TAREA INDIVIDUAL 6

CARTA FIANZA

La carta fianza es un contrato de garantía de cumplimiento de pago de un tercero, llevando la firma de un banco, o entidad financiera, y el deudor. Siendo el deudor representado en un documento emitido por el banco a favor del acreedor. Dicha carta fianza permite garantizar que en caso que el deudor no pueda pagar las obligaciones, el banco deberá hacerse cargo.
Las entidades que emiten estas cartas fianzas deben estar autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP.

Características
  • Se puede otorgar Cartas Fianza puntuales o líneas de Carta Fianza.
  • Vigencia hasta un año, renovable al vencimiento por un período mayor o igual, previa evaluación.
  • Puede ser en nuevos soles o dólares.
  • Es solidaria ya que el acreedor puede accionar contra el deudor principal o el fiador.
  • Es irrevocable y de realización automática: debe hacerse efectiva al beneficiario si lo solicita dentro del plazo de vigencia.
Requisitos para obtener una carta fianza
  • Ser cliente del fiador: se requiere tener una cuenta corriente en la entidad donde se solicite el servicio.
  • Contar con una Línea de Crédito aprobada para este servicio. Todas las operaciones de Carta Fianza deberán obligatoriamente estar respaldadas por una línea de crédito.
  • Llenar la solicitud de Carta Fianza.
  • Llenar Pagaré a favor del fiador.
  • Contar con el Contrato Marco para Emisión de Cartas Fianza debidamente firmado.
  • Presentar los documentos que el fiador solicite.

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