MODALIDADES DE
CONTRATACIÓN DE FLETES MARÍTIMOS
LINER TERMS:
Liner
Terms es una expresión muy ambigua y puede ser interpretada en una variedad de
formas en diferentes puertos del mundo y por diferentes armadores/ agentes.
Personalmente
preferimos definir claramente la extensión de la responsabilidad cuando se
cotice sobre esta base.
TÉRMINOS DE LÍNEA O DE MUELLE:
En
términos de línea o de muelle implica que las operaciones de carga, estiba,
desestiba y descarga están cotizadas dentro del flete. Se excluyen el costo de
las operaciones previas al gancho en la carga y posteriores a éste en la
descarga.
Este termino es algo más vago en función de las diferentes
prácticas de puertos. Sin embargo, generalmente implica que el valor de flete
provisto incluye tanto el manipuleo de puerto como el de a bordo, trincado /
destrincado, material de rellenado e impermeabilizado, asegurado/ desasegurado
y todos los costos de presentar/ recibir la carga por parte del vapor; con los
embarcadores/ recibidores solamente encargándose del costo de descargar /
cargar el transporte, juntamente con los gastos usuales de puerto, tasas,
impuestos, etc.
Frecuentemente los términos son variados en los diversos
destinos del viaje v.g. FILO (Free In/ Liner Out), LIFO (Liner In Free Out) o
FIFO (Free In/ Free Out) etc.
Para estar absolutamente seguro de todos los cargos a pagar,
es siempre aconsejable de pedir que los términos clara y concisamente indiquen
que esta/ no esta incluido en su contrato particular- en términos comunes.
Dado que este es un punto conceptual en términos de
chartering, es mejor descripto como el embarcador/ receptor acordando para el
despacho/ recibo de la carga hacia/ desde directamente bajo el gancho del vapor
y el vapor pagando por el trabajo de almacenar la carga en sus bodegas, así
como el trincado y aseguramiento de la carga a bordo y provisión de material de
relleno e impermeabilizado, y descargar nuevamente al costado de vapor.
Los aspectos de manipuleo en puerto continúan siendo la
responsabilidad del embarcador/ recibidor, sin embargo hay algunos armadores
que pueden incorporar estos costos en sus tarifas de LTHH. Una vez mas, es
fundamental preguntar a los armadores que se definan claramente en este
aspecto.
Los gastos de puerto / tasas/ impuestos pueden ser un tema de
discusión pero son usualmente considerados como a cargo de los embarcadores/
receptores y puede también haber otras tasas estatutarias en las cargas o
fletes que pudieran aplicarse.
Muchos embarcadores/ receptores no están al tanto de estos
costos adicionales y no los incluyen en sus costeos y consecuentemente pueden
quedar con gastos considerables no esperados al momento de la finalización de
un proyecto.
El flete cotizado no incluye los gastos de las operaciones de
carga, descarga y estiba.
Es sumamente importante recordar que la referencia de “free”
o “libre” es vista desde el punto de vista del armador, no el embarcador.
Algunos embarcadores malinterpretan cuando leen la palabra “free” ya que
incorrectamente creen esta cláusula se refiere a ellos.
Las tarifas de fletes cotizadas en base FIOS específicamente
excluyen todos los aspectos relacionados al manipuleo de la carga. El vapor es
solamente responsable por los gastos que surgen de su llamada a puerto como ser
remolques, prácticos, balizamiento, etc.
Otra consideración muy importante cuando se reserva una carga
bajo los términos FIOS es que el vapor no tiene ninguna responsabilidad por la
velocidad de carga o descarga. Usualmente la tarifa acordada incluye un periodo “libre” de
tiempo fijo para operaciones de carga/ descarga, después del cual se incurre en
una demora diaria.
Obviamente esto es de máxima importancia en donde la
congestión de puertos y la performance del manipuleo es incierta. Hay muchos puertos en el exterior que caben
en esta categoría y particularmente en donde las tarifas de demora de vapores
pueden variar en forma significativa, dependiendo del tamaño y tipo de vapor
nominado para implementar el proyecto particular.
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