F.I.O.S.T Lashed Secured
Esta cláusula contractual de carga y descarga de las mercancías empleadas en el transporte marítimo, tiene por objeto especificar sin que haya lugar a dudas
cuales son las operaciones que son por cuenta del fletador, ya que de no
manifestarlo y a falta de uso serian por cuenta del fletante las operaciones no
especificadas.
Fletante: Es quien alquila una nave, para el transporte de personas o cosas. En el contrato de fletamento, el naviero o representante es quien alquila o arrienda parte de la nave a cambio de un precio denominado flete.
Fletador: En el contrato fundamental en el Derecho Marítimo, es el propietario de un navío, que contra el pago de una suma denominada flete se compromete a poner su nave a disposición de otra persona para el transporte de ,mercaderías de un punto a otro.
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