DEPOSITO ADUANERO
El Título V de la Ley General de Aduanas se aboca a
desarrollar únicamente este régimen que permite almacenar las mercancías en un
depósito aduanero autorizado por el periodo de doce meses y bajo control de la
aduana, sin el pago de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a
la importación para el consumo.
Link de la página web: http://www.azsanet.com/regimenes.php?p=116
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