martes, 28 de abril de 2015
Certificado de mercancías restringidas
PRD018 - PERMISO/CERTIFICADO CITES DE IMPORTACIÓN DE ESPECIES HIDROBIOLÓGICAS, PRODUCTOS O SUBPRODUCTOS PROVENIENTES DE LA ACUICULTURA. PARA EL CASO DE LA INTRODUCCIÓN DE ESPECIES, CON CERTIFICADO AMBIENTAL DEL EIA (TUPA: 68)
Es un permiso de importación de especies hidrobiológicas.
Link a la web de la empresa: farmindustria
En mi opinión estos productos son importantes en la empresa para la fabricación de químicos y aplicación en laboratorios de investigación de la empresa.
MERCANCIA RESTRINGIDA RENOVACION DE LA AUTORIZACION DE USO EN PRODUCTOS DE SELLO DE CALIDAD "HECHO EN PERU" PARA VEHICULOS DE FABRICACION O ENSAMBLAJE NACIONAL
MERCANCIA RESTRINGIDA
RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE USO EN PRODUCTOS DEL SELLO DE
CALIDAD "HECHO EN PERU" PARA VEHÍCULOS DE FABRICACIÓN O ENSAMBLAJENACIONAL.
ENTIDAD: PRODUCE
EMPRESA SOLICITANTE: FARMINDUSTRIA S.A.
WEB DE LA EMPRESA: http://www.farmindustria.com.pe/
El CERTIFICADO DE MERCANCIA RESTRINGIDA ES IMPORTANTE PARA LA EMPRESA PORQUE LE PERMITE HACER USO DEL SELLO "HECHO EN PERU" ,PARA PODER EXPORTAR Y BENEFICIARSE CON LOS ACUERDOS COMERCIALES QUE TIENE EL PERU CON OTROS PAISES.
Certificado fitosanitario para la exportación o Reexportación de plantas y productos vegetales
El comercio nacional e internacional de plantas y productos vegetales representan medios de introducción y dispersión de plagas (hongos, bacterias, nematodos, insectos, ácaros y otros), que pueden constituir o generar impactos negativos en la sanidad de los cultivos, y por ende afectar la producción y comercialización de las plantas y sus productos.
El Acuerdo de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) mencionan que las medidas fitosanitarias aplicables al comercio internacional de plantas y productos vegetales, deben basarse en evaluaciones apropiadas de los riesgos de introducción y dispersión de plagas.
Semillas germinadas de palma aceitera | Plantas de granado |
| |
Definición de Análisis de Riesgo de Plagas (ARP)
La CIPF/FAO define el ARP como un proceso de evaluación de las evidencias biológicas u otras evidencias científicas y económicas para determinar si una plaga debería reglamentarse y la intensidad de cualquier medida fitosanitaria que ha de adoptarse contra ella.
Objetivos
Los ARP se elaboran con la finalidad de establecer y/o modificar medidas fitosanitarias (Requisitos fitosanitarios) para la importación o exportación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados.
Solicitud para elaboración del estudio de ARP
Los interesados deben dirigir una solicitud a la Dirección de Sanidad Vegetal, indicando que se elabore el estudio de ARP en caso no existan los requisitos fitosanitarios solicitados (esto puede ser consultado a Subdirección de Cuarentena Vegetal o en el portal de SENASA).
La solicitud debe contener la siguiente información:
- Tipo de producto a importar (semillas, granos, plantas, platines, esquejes enraizados, estacas, rizomas, tubérculos, etc), además, mencionar su nombre técnico y común.
- País de origen y de procedencia del producto a importar.
- Datos del proveedor.
- En caso de solicitar varios estudios de ARP, el interesado y la ONPF del país exportador deben especificar el orden de prioridad de los estudios.
Mercancía Restringida - Importación de explosivos
Entidad: PRODUCE
TUPA: Certificado para la importación de insumos, productos intermedios y finales de explosivos y conexos de uso civil y para la exportación.
VUCE - SENASA
TUPA: Certificado para la importación de insumos, productos intermedios y finales de explosivos y conexos de uso civil y para la exportación.
VUCE - SENASA
Certificado aprobado de mercancías de transferencia
En este caso se está realizando una Solicitud de Permiso Fitosanitario de Importación
El producto de importación es la lenteja de grano procedente de Canadá.
La empresa que realizó la importación es Farmindustria
http://www.farmindustria.com.pe/
El producto de importación es la lenteja de grano procedente de Canadá.
La empresa que realizó la importación es Farmindustria
http://www.farmindustria.com.pe/
Certificado de Mercancías Restringidas - EASY TOOL S.A.C
Empresa: EASY TOOL S.A.C
LINK:
VIDEOS:
Presentación de la VUCE
Certificado de origen aprobado
Para este caso se trabaja con la empresa:
http://www.farmindustria.com.pe
13 / MCT001 / Emisión de Certificado de Origen / AC Perú-Unión Europea / ASOCIACIÓN DE EXPORTADORES / REINO UNIDO / 2015004562 / 2015000969 / APROBADO (PENDIENTE DE FIRMAS) / 23/03/2015 10:10
CERTIFICADO DE ORIGEN CAMISAS,BLUSAS Y BLU.CAMIS. DE PTO.DE FIBRAS SINTETICAS O ARTIFIC.PARA MUJERES O NIÑA
CERTIFICADO DE ORIGEN
PARTIDA 61062000
CAMISAS,BLUSAS Y BLU.CAMIS. DE PTO.DE FIBRAS SINTETICAS O ARTIFIC.PARA MUJERES O NIÑA
TLC PERU-SINGAPUR
PARTIDA 61062000
CAMISAS,BLUSAS Y BLU.CAMIS. DE PTO.DE FIBRAS SINTETICAS O ARTIFIC.PARA MUJERES O NIÑA
TLC PERU-SINGAPUR
Certificado de Origen - Perú y Estados Unidos Mexicanos
Para este caso la empresa con la que se trabaja es: FARMINDUSTRIA S.A.
http://www.farmindustria.com.pe/sobre-nosotros/cultura-corporativa/
http://www.farmindustria.com.pe/sobre-nosotros/cultura-corporativa/
VIDEO:
Conocimiento el Sistema VUCE
Certificado de Obtencion de Mercancia Restringida
Compañeros,
El presente es RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE USO EN PRODUCTOS DEL SELLO DE CALIDAD "HECHO EN PERÚ" PARA PRODUCTOS INDUSTRIALES. (TUPA: 121), donde se adjunta un Certificado de Conformidad con Norma por Producto.
Esta solicitud fue presentada por la empresa FARMINDUSTRIA S.A; cuyos principales valores empresariales y toda la cultura corporativa se basa en la Creatividad, Pasión, Implementan, Innovación y liderazgo, tal y como figura en su pagina web (http://www.farmindustria.com.pe/ )
Dicha solicitud tiene importancia debido a que ayuda a impulsar el desarrollo industrial bajo una marca paraguas como el Perú; otorgando así el cumplimiento de distintos requisitos de calidad.
Como ya es sabido, el Perú no es un país industrialmente importante; y dado que esta solicitud ayuda a mejorar este posicionamiento, la he considerado como la solicitud de obtención de mercancía restringida mas importante del grupo que me toco analizar.
El presente es RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE USO EN PRODUCTOS DEL SELLO DE CALIDAD "HECHO EN PERÚ" PARA PRODUCTOS INDUSTRIALES. (TUPA: 121), donde se adjunta un Certificado de Conformidad con Norma por Producto.
Esta solicitud fue presentada por la empresa FARMINDUSTRIA S.A; cuyos principales valores empresariales y toda la cultura corporativa se basa en la Creatividad, Pasión, Implementan, Innovación y liderazgo, tal y como figura en su pagina web (http://www.farmindustria.com.pe/ )
Dicha solicitud tiene importancia debido a que ayuda a impulsar el desarrollo industrial bajo una marca paraguas como el Perú; otorgando así el cumplimiento de distintos requisitos de calidad.
Como ya es sabido, el Perú no es un país industrialmente importante; y dado que esta solicitud ayuda a mejorar este posicionamiento, la he considerado como la solicitud de obtención de mercancía restringida mas importante del grupo que me toco analizar.
CERTIFICADO ORIGEN - PÁGINA 45
En la página 45 tenemos la siguiente solicitud de certificado de origen:
Ricky Pareja Medina
EL CONTRATO DE FRANQUICIA
El contrato de franquicia es un documento privado suscrito por dos partes, el franquiciador y el franquiciado, en el que se recoge por escrito el “acuerdo de franquicia”.
Por dicho acuerdo, una empresa (el franquiciador) cede a otra (el franquiciado) el derecho a la explotación de un determinado sistema para comercializar ciertos productos y/o servicios, todo ello a cambio de una contraprestación económica.
El contenido esencial del contrato de franquicia viene determinado por tres elementos que caracterizan a la franquicia y sirven para diferenciarla de otras figuras afines:
a) MARCA: El uso de una denominación o rótulo común y una presentación uniforme de los locales y/o medios de transporte objeto del contrato.
b) KNOW-HOW: La transmisión al franquiciado de un Know-How (o conjunto de conocimientos o procesos prácticos verificados por el franquiciador y fruto de su experiencia.
c) APOYO CONTINUADO: La prestación continua por el franquiciador de asistencia comercial y técnica durante la vigencia del acuerdo de franquicia.
El contrato de franquicia es un contrato atípico, es decir, no existe en España una regulación legal específica sobre la franquicia a la que acudir. Por ello el contrato es el instrumento básico y principal para configurar los derechos y obligaciones del franquiciador y del franquiciado y establecer formalmente el contenido de la relación a todos los efectos.
a) MARCA: El uso de una denominación o rótulo común y una presentación uniforme de los locales y/o medios de transporte objeto del contrato.
b) KNOW-HOW: La transmisión al franquiciado de un Know-How (o conjunto de conocimientos o procesos prácticos verificados por el franquiciador y fruto de su experiencia.
c) APOYO CONTINUADO: La prestación continua por el franquiciador de asistencia comercial y técnica durante la vigencia del acuerdo de franquicia.
El contrato de franquicia es un contrato atípico, es decir, no existe en España una regulación legal específica sobre la franquicia a la que acudir. Por ello el contrato es el instrumento básico y principal para configurar los derechos y obligaciones del franquiciador y del franquiciado y establecer formalmente el contenido de la relación a todos los efectos.
Ejemplo de contrato de franquicia
Contrato de Franquicia
CONTRATO DE LICENCIAS DE MARCAS
CONTRATO DE LICENCIAS DE MARCAS
CONTRATO DE
LICENCIA DE MARCAS
Conste por el presente documento el contrato de
licencia de marca que celebran de una parte..............., inscrita en la
Partida N°……………. del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX
– Sede Lima, debidamente representada por su Gerente General……………, con DNI
N°……………., según poder inscrito en………. la Partida registral aludida líneas
arriba, con domicilio en ……………………., provincia y departamento de …………….., a quien en adelante se denominará para
efectos de este contrato EL LICENCIANTE,
y de la otra parte .…………., con RUC N° con domicilio en ……………….., inscrita en la
Partida N°………….de los Registros Públicos de……………., representada por su Gerente
General ………….., con DNI N°………….., según poder inscrito en la Partida registral
aludida líneas arriba, a quien en adelante se le denominará EL LICENCIATARIO, en los términos y
condiciones siguientes:
ANTECEDENTES
PRIMERO: EL
LICENCIANTE posee
la titularidad exclusiva de todos los derechos industriales respecto de la marca
de……………, correspondiente a las clases………de la clasificación internacional
de productos y servicios……….., la cual
aparece inscrita en………..del Registro de Propiedad Industrial de INDECOPI .
SEGUNDO: EL
LICENCIATARIO, como
persona jurídica que es, esta interesado en utilizar la marca de EL LICENCICANTE.
OBJETO DEL CONTRATO
Y REGALÍA
TERCERO: Por el presente contrato EL LICENCIANTE autoriza a EL LICENCIATARIO usar la marca de……………. con el fin de marcar sus
productos correspondientes a la clase…………., inscrita en………….de Registro………..de
INDECOPI. Por el importe de…………, que EL LICENCIATARIO pagará a EL LICENCIANTE como regalía.
El pago de la regalía pactada en el párrafo
anterior, se realizará el último día hábil de cada mes y en igual moneda que la
pactada o al tipo de cambio a la fecha de pago.
VIGENCIA
CUARTO: La vigencia de este contrato será
de………, contados a partir de suscrito este documento, pudiendo ser renovado
siempre que haya acuerdo de las partes.
OBLIGACIONES Y
FACULTADES
QUINTO: EL LICENCIATARIO no esta permitido de sublicenciar
ni ceder los derechos adquiridos por este contrato, ni transferidos bajo
modalidad alguno, a no ser que haya autorización escrita de EL LICENCIANTE.
De igual forma EL LICENCIATARIO reconoce la titularidad de los derechos que
ostenta EL LICENCIANTE, en
consecuencia, esta prohibido de registrarlos a su nombre ni promover acción
alguna dirigida a anular o cancelar su registro.
SEXTO: Es obligación de EL LICENCIANTE otorga bajo licencia su
marca de……..a EL LICENCIATARIO para
ser explotada únicamente en el Perú.
SEPTIMO: Es facultad de EL LICENCIANTE licenciar su marca a diferentes empresas, inclusive
para que exploten su marca dentro del territorio designado a EL LICENCIATARIO.
OCTAVO: EL
LICENCIATARIO esta
obligado a utilizar la marca materia de contrato de manera exclusiva y dentro
del territorio designado en este contrato, toda vez que de no hacerlo sin
motivo justificado alguno traerá como consecuencia la cancelación del registro.
NOVENO: Es obligación de EL LICENCIATARIO cumplir las
disposiciones y otras instrucciones de EL
LICENCIANTE en aspectos referidos a la publicidad.
PROHIBICIÓN DE USO
DÉCIMO: Al vencimiento del presente
contrato, EL LICENCIATARIO dejara de
usar la marca y todo distintivo al que tuvo acceso en merito de la licencia
correspondiente. Así también EL
LICENCIATARIO devolverá el material publicitario promocional y similares a EL LICENCIANTE a los……días siguientes del vencimiento de
este contrato.
CARGAS Y GRAVAMENES
DECIMO PRIMERO: En este acto EL LICENCIANTE declara que la marca de……en licencia esta libre de
gravamen, carga, derecho real de garantía, medida judicial o extrajudicial y,
en general, de cualquier situación que impida, prive o limite su libre
disponibilidad y/o titularidad y explotación de los derechos inherentes a
aquella, sin perjuicio de ello, se obliga al saneamiento de ley.
RESOLUCIÓN DEL
CONTRATO
DÉCIMO SEGUNDO: Será causal de resolución el
incumplimiento de lo previsto en la cláusula tercera y quinta de este
documento, en consecuencia, la resolución se producirá de pleno derecho cuando
la parte perjudicada comunique vía notarial a la otra parte la decisión de
valerse de la presente cláusula resolutoria.
DOMICILIO
DÉCIMO TERCERO: Para los efectos del presente
contrato, las partes señalan como sus domicilios los indicados en la parte
introductoria de este documento, y, en caso de producirse controversia con
motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, los contratantes se
someten a la competencia territorial del los jueces y tribunales de……..
DÉCIMO CUARTO: El cambio de domicilio de
cualquiera de las partes contratantes no surtirá efecto si dicho cambio no ha
sido comunicado a la otra parte mediante carta notarial.
NORMA SUPLETORIA
DÉCIMO QUINTO: En todo lo no previsto por las
partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por la
normatividad nacional pertinente.
En señal de conformidad con todos los acuerdos
pactados en el presente contrato, las partes suscriben este documento en la
ciudad de ……………, a los ……. días del mes de ………. 2012.
……………………………… …………………………………………
EL LICENCIANTE EL
LICENCIATARIO
CONTRATO DE AGENTE INTERMEDIARIO
http://cita.es/mandato/
CONTRATO DE AGENTE
INTERMEDIARIO
Conste por el presente documento el contrato de compraventa
internacional de mercaderías que suscriben de una parte: …………………………………….,
empresa constituida bajo las leyes de la República ……………….., debidamente
representada por su ……………………., con Documento de Identidad N° ………………….,
domiciliado en su Oficina principal ubicado en ……………………………, a quien en adelante
se denominará EL PRINCIPAL y, de
otra parte …………….. S.A., inscrito en la Partida N° ………………. del Registro de
Personas Jurídicas de la Zona Registral N° ………………….., debidamente representado
por su Gerente General don ………………………., identificado con DNI N° ………………. y
señalando domicilio el ubicado en Calle …………….., N° ……….., Urbanización …………..,
distrito de ……………, provincia y departamento de ………………………., República del Perú,
a quien en adelante se denominará EL
AGENTE, que acuerdan en los siguientes términos:
DECLARATORIA
CLAUSULA PRIMERA:
EL PRINCIPAL desea encomendar al EL AGENTE la promoción de sus productos y actuar como representante
de las cuentas de EL PRINCIPAL en el
territorio asignado en este documento y no realizará representaciones,
garantías o compromisos en que se obligue a EL PRINCIPAL sin el consentimiento previo y por escrito de EL PRINCIPAL, todo de conformidad con
las condiciones de este contrato.
DEFINICIONES
CLAUSULA SEGUNDA:
En el presente contrato, las siguientes palabras tendrá el significado
siguiente:
COMISIONES: Compensación pagada por EL PRINCIPAL a EL AGENTE
en base al volumen de productos vendidos por EL AGENTE en el territorio asignado.
DIA DE INICIO: El día en que
este contrato sea firmado como valido se entenderá que será valido para ambas
partes.
VALOR NETO DE LA VENTAS: El
precio de la factura de los productos vendidos por EL AGENTE incluido cualquier
tipo de deducción realizada.
PARTES: EL PRINCIPAL y EL AGENTE
PRODUCTOS: Los productos descrito en la lista A (en caso de
ser aplicable)
TERRITORIO: El territorio
asignado es la de EL AGENTE para
realizar la distribución
DIA DE INICIO
CLAUSULA TERCERA:
Tanto EL PRINCIPAL como EL AGENTE acuerdan que el presente documento entrará en vigencia el
día de inicio, y será valido por un periodo de
un (1) año calendario, de ………… de l ……….., 2012 al ………… de …………… 2013.
Este contrato no podrá
reducirse sin el consentimiento expreso por escrito de ambas partes.
En caso, la
comunicación se deberá de realizar (90) Noventa días antes de la fecha de
terminación adelantada.
TERRITORIO
CLAUSULA CUARTA:
El territorio asignado para la ejecución del
contrato será en la Republica del ………….
NATURALEZA DE LA RELACION
CLAUSULA QUINTA:
EL AGENTE actuará como un
contratista independiente y será responsable de pagar toda la Seguridad Social
aplicable, así como la retención de impuesto de ley de sus empleados.
COMISION
CLAUSULA SEXTA:
EL PRINCIPAL acuerda pagar a EL AGENTE, como compensación por sus
servicios, una comisión del 5% sobre el valor neto facturado de las ventas
realizadas a los contratos y clientes que EL
AGENTE provea a EL PRINCIPAL de
acuerdo con este contrato.
El porcentaje de la
comisión mencionada en este párrafo no podrá ser modificada a menos que se
acuerden mutuamente por escrito.
EL PRINCIPAL no hará deducciones
de costos o gastos promocionales del valor neto facturado.
ORIGEN DE LA COMISION
CLAUSULA SEPTIMA:
EL AGENTE recibirá su comisión
en base a los embarques enviados a los contratos y clientes hechos de
conformidad con este contrato.
Las comisiones
serán pagadas en base a las ordenes originadas por los clientes que hayan sido
contratados por las gestiones realizadas por EL AGENTE, y bajo ninguna circunstancias EL AGENTE recibirá Comisiones de parte de EL PRINCIPAL por aquellas ordenes de clientes que directamente
gestione con EL PRINCIPAL y sin la
asistencia prestada por EL AGENTE para
recibir dichas ordenes.
MATERIALES PROMOCIONALES
CLAUSULA OCTAVA:
EL PRINCIPAL proporcionara
a EL AGENTE, sin ningún cargo
adicional, todo el material promocional necesario, volantes de propaganda, y
cualquier otro material para que haga la promoción de negocios.
Dichos materiales serán proporcionados bajo el plan financiero de EL PRINCIPAL y bajo el solo criterio de
EL PRINCIPAL y EL AGENTE no hará ningún reclamo sobre ese punto bajo ninguna
circunstancia.
PRECIOS DE LOS PRODUCTOS
CLAUSULA NOVENA:
EL PRINCIPAL proveerá una lista
de precios que EL AGENTE deberá
promocionar entre los posibles compradores en el mercado de EL AGENTE y tendrá todo el derecho de
determinar y cambiar el precio de los productos.
EL PRINCIPAL tendrá además el
derecho de agregar como productos al listado o de borrarlos.
Los precios se
entenderán bajo el Incoterm “ Free on Board ”, FOB.
REGISTROS E INFORME
CLAUSULA DECIMA:
EL DISTRIBUIDOR deberá
guardar en su lugar de negocios los registros detallados y actualizados
en las cuentas que demuestren la cantidad, la descripción y el valor de los
productos vendidos de los contactos y clientes de que se trata en este
documento, y tener la capacidad de
calcular las comisiones descritas en este contrato, cuando sea solicitado por EL AGENTE y bajo la sola discreción de EL PRINCIPAL.
EL PRINCIPAL, requerirá información en el territorio
asignado.
EL PRINCIPAL tendrá el derecho de solicitar un registro de
los contratos y clientes gestionado por EL
AGENTE en las mismas condiciones antes expresadas.
BALANCE DE LA TERMINACION
CLUSULA DECIMO PRIMERA:
Al finalizar el presente contrato, un balance final será acordado entre
las partes.
EL PRINCIPAL deberá
mantener un archivo fiable de los libros y registros sobre las
comisiones debitadas a EL AGENTE a
la terminación de este contrato y se cancelarán todas las comisiones a EL AGENTE sobre todas las órdenes procesadas y aceptadas a la fecha
de terminación, aunque dichas órdenes
sean procesadas después de la fecha de terminación.
TERMINACION
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA:
EL PRINCIPAL tendrá el derecho a terminar el presente
contrato, sin responsabilidad alguna, en
cualquier momento dando una notificación previa por escrito de 90 días a EL AGENTE, en los casos siguientes:
A)
En caso de
pobre desempeño de parte de EL AGENTE
en sus obligación de obtener órdenes y pedidos de los productos de EL PRINCIPAL;
B)
Uso
indebido de los productos de EL
PRINCIPAL, sus marcas y nombres comerciales;
C)
Si EL AGENTE se vuelve insolvente, o si
llega a dar una orden o resolución judicial en contra de EL AGENTE en relación a sus acreedores , o si sufre de alguna
acción análoga derivada de alguna deuda;
D)
Si EL AGENTE no provee suficiente
información cuando se la solicite EL
PRINCIPAL de conformidad con este documento.
CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
CLAUSULA DECIMO TERCERA:
No se aplicará ningún cargo por terminación ni a EL PRINCIPAL ni a EL AGENTE, ni tampoco ninguna de las
partes será responsable, si el presente acuerdo se ve forzado a cancelarse
debido a circunstancias que razonablemente se consideren fuera de control de
una de las partes.
La parte afectada por tales circunstancias deberá notificar
inmediatamente a la otra parte.
CONFIDENCIALIDAD
CLAUSULA DECIMO CAUARTA:
Cada una de las partes mantendrá la confidencialidad de cualquier información proporcionada,
directa o indirectamente, por la otra parte, incluidos los Secretos
Comerciales.
Adicionalmente, durante la vigencia de este contrato y por un periodo de
un (1) año después del término, ninguna de las partes contratará o utilizará
los servicios de ninguno de las partes.
Ambas Partes acuerdan que la perdida de dichos empleados representara un
daño irreparable y le otorga el derecho de parte dañada a buscar
compensación por daños ante una corte o
a acudir a otro medio jurisdiccional para hace valer sus derechos.
DERECHOS SOBRE MARCAS
CLAUSULA DECIMO QUINTA:
El uso de marcas, logos y cualquier otro medio distintos es de exclusiva
propiedad del EL PRINCIPAL.
Ni EL AGENTE ni ninguno de
sus representantes o subsidiarias buscará registrar la marca, logos o medios
distintivo mencionado anteriormente.
EL AGENTE se compromete a preservar el buen nombre y a
hacer buen uso de las marcas protegidas bajo este contrato y no buscará ningún
derecho o indemnización por el uso de la
propiedad de dichas marcas.
JURISDICCION Y LEY APLICABLE
CLAUSULA DECIMO SEXTA:
La validez,
realización y aplicación de presente acuerdo deberá regirse por la ley de …………
y estará sujeta a la exclusiva jurisdicción de las cortes de ……….., a las cuales las partes por este medio
nominan excepto que una parte deseara buscar un procedimiento arbitral en
concordancia con las reglas de arbitraje
de ………..
CLAUSULA SIN VALOR
CLAUSULA DECIMO SETIMA:
Si alguna cláusula o disposiciones de este acuerdo se considera inválida
o sin aplicación, el resto del contrato no será afectado por tal condición y
cada una de las partes así como el contenido del contrato serán validos y
legales de conformidad a Ley.
RENUNCIA
CLAUSULA DECIMO OCTAVA:
Cualquier fallo realizado por cualquiera de las partes para la
aplicación en cualquier momento de este no constituirá una renuncia de ninguna
de las partes al presente contrato.
NO AGENCIA
CLAUSULA DECIMO NOVENA:
Ninguna de las partes actuará o se presentará como AGENTES en representación de la otra parte, ni tendrá derecho a hacer representaciones o a realizar
compromisos en nombre y presentación de la otra parte.
ENCABEZADOS
CLAUSULA VIGESIMA:
Los encabezados que contiene este
acuerdo se usan solamente como referencia y no deberán afectar la
interpretación del mismo.
NOTIFICACIONES
CLAUSULA VIGECIMO PRIMERA:
Todas las notificaciones
realizadas en base al presente acuerdo deberán constar por escrito y ser
debidamente entregadas por correo certificado, con acuse de recibo, a la
dirección de la otra parte mencionada
anteriormente o a cualquier otra dirección
que la parte haya de igual forma designado por escrito a la otra parte.
ACUERDO INTEGRAL
CLAUSULA VIGESIMO SEGUNDA:
Este acuerdo constituye el entendimiento integral entre las partes.
No deberá realizarse cambios o modificaciones de cualquiera de los
términos de este contrato a menos que sea modificado por escrito y firmado por
ambas partes.
En señal de conformidad con todos los acuerdos pactados en el presente
contrato, las partes suscriben este documento en la ciudad de ……………, a los …….
días del mes de ………. 2012.
………………………………… …………………………………………
EL PRINCIPAL EL
AGENTE
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