martes, 27 de octubre de 2015

Incoterms 2010 - CPT - Carriage Paid To (Transporte pagado hasta, lugar de destino convenido)

El vendedor paga el flete del transporte de la mercancía hasta el destino mencionado. El riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier gasto adicional debido a acontecimientos que ocurran después del momento en que la mercancía haya sido entregada al transportista, se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercancía ha sido entregada a la custodia del transportista, habiendo abonado el vendedor el seguro de la mercancía.
Este término exige que el vendedor despache la mercancía en aduana para la exportación, además puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.
  • Pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa, además de conseguir cualquier licencia de importación o autorización oficial precisas para llevar a cabo todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía. 
  • Aceptar la entrega de la mercancía y recibir del transportista en el lugar de destino mencionado. Asumirá todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que hay sido entregada. Si no da aviso suficiente asumirá todos los riesgos de la mercancía a partir de la fecha convenida o de la fecha de expiración del plazo fijado para la entrega.
  • Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada, además de pagar todos los derechos, impuestos y otras cargas oficiales, así como los costes de llevar a cabo los trámites aduaneros exigibles por importación de la mercancía.
  • Asumir los riesgos de pérdida o daño de la mercancía en el país de origen cuando ésta ha sido entregada al transportista en el país de origen.
  • Posibilidad de contratar un seguro durante el transporte principal.
  • Cuando tenga derecho de determinar la fecha de expedición de la mercancía y/o el lugar de destino, dar al vendedor aviso suficiente al respecto. 
  • Aceptar el documento de transporte si el mismo resulta de conformidad con el contrato, así como pagar los gastos de la inspección previa al embarque.
  • Suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de venta, obtener cualquier licencia de exportación y llevar a cabo los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía, contratar el transporte de la mercancía hasta el punto convenido del lugar de destino mencionado y si no se ha acordado ningún punto el vendedor puede elegir el punto del lugar de destino que mejor el convenga. 
  • El vendedor tiene que entregar la mercancía a la custodia del transportista en la fecha o dentro del plazo estipulado, para su transporte hasta el lugar de destino.
  • Pagar todos los gastos relativos a la mercancía hasta que ha sido entregada, así como el flete y todos los demás gastos incluidos, los de cargar la mercancía y cualesquiera cargos que por descargarla en el lugar de destino, así como todos los gastos de los trámites aduaneros necesarios a la exportación, derechos, impuestos y otras cargas oficiales. Asumirá los costes, incluido transporte principal, hasta que la mercancía llegue al punto de destino.
  • Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido enviada, así como cualquier otra información necesaria para permitir al comprador la adopción de las medidas que hagan falta para que pueda retirar la mercancía. 
  • Facilitar al comprador el documento de transporte usual.
  • Responsable del despacho aduanero de exportación.
  • Pagar los gastos de verificación necesarios para poder entregar la mercancía y proporcionar a sus expensas el embalaje requerido para el transporte que ha ordenado.
  • Prestar al comprador, a petición, riesgos y expensas de éste, la ayuda precisa para obtener cualquier documento necesario para la importación de la mercancía y para su paso en tránsito por otro país.
  • Factura comercial.
  • Lista de contenido (en el supuesto de que la expedición esté compuesta por más de un bulto).
  • Otros documentos dependiendo de las características del producto:
    • Certificado Sanitario.
    • Certificado de Metrología.
    • Certificado de Pesos.
    • Certificado CITES.
    • Otras Certificaciones relativas al producto a tramitar en el país de origen.
    • Documento de transporte marítimo Bill of Lading Master de B/L o House de B/L, o transporte por Carretera CMR, o transporte Aéreo AWB, o transporte por Ferrocarril CIM o transporte multimodal FBL).
    • Póliza o certificado de seguro.
  • En función del Régimen Comercial de Exportación, el vendedor podrá precisar para el despacho Aduanero de Exportación algunos de los siguientes documentos:
    • Licencia de Exportación.
    • Autorización Administrativa de Exportación.
    • Documento de Vigilancia Comunitaria.
    • Notificación Previa de Exportación.
  • Transferencia.
  • Remesa simple.
  • Remesa Documentaria.
  • Crédito Documentario.
Gráfico  del momento de la entrega del incoterm CPT
La flecha verde hacia abajo ( Flecha que indica el momento de la entrega) indica el momento de la entrega por parte del vendedor, lo que conlleva el final de sus responsabilidades para con la mercancía. En este caso, el vendedor cumple con sus responsabilidades en el momento en el que deja la mercancía a disposición del transportista o transitario.
Recuerde que CPT es un término multimodal, por lo que es utilizado con cualquier modalidad de transporte principal.

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